El Boletín Oficial del Estado (BOE) publicado este sábado 9 de mayo recoge el plan de desecalada en la Administración de Justicia ante el COVID-19, con un conjunto de medidas sobre protección laboral y reincorporación laboral, antre las que contempla la división de turnos de mañana y tarde.
En concreto, "el horario del turno de mañana será de seis horas entre las 7.30 y las 14.00 horas, y el de tarde de cuatro horas y treinta minutos entre las 15.00 y las 20.00 horas".
El establecimiento de turnos de tarde será determinado por cada una de las administraciones competentes en su ámbito de actuación debido "exclusivamente" a la "necesidad de atender los criterios de las autoridades sanitarias necesarios para hacer frente al COVID-19".
El BOE dicta que "el turno de mañana siempre contará con una dotación superior al del turno de tarde.
Como regla general, y siempre que lo permitan las recomendaciones sanitarias, en el turno de mañana asistirá entre el 70 y el 80% del personal que deba acudir en cada fase de desescalada, y en el de tarde entre el 20 y el 30%".
Tendrán preferencia para el turno de tarde los funcionarios que tengan reconocido el permiso de cuidado de menores o mayores dependientes
La participación en los turnos de tarde será voluntaria. "Corresponde -precisa el Boletín- al responsable funcional de cada órgano o servicio determinar el personal que debe participar en los mismos, teniendo en cuenta su voluntariedad. La modificación de las preferencias expresadas deberá comunicarse con al menos
una semana de antelación a su efectividad".
No obstante, se establece que "cuando existan una pluralidad de interesados superior a las plazas precisas para cubrir el turno de tarde, tendrán preferencia los funcionarios que tengan reconocido el permiso por deber inexcusable por razón de cuidado de menores o mayores dependientes. En su defecto, la preferencia se reconocerá por la mayor antigüedad en el órgano o servicio de destino".
En el caso de que no haya voluntarios suficientes, "podrá acordarse la cobertura del turno de tarde por voluntarios del mismo cuerpo que presten servicio en el partido judicial, que quedarán excluidos del turno de su propio órgano. Solo cuando tampoco de esta forma se cubriera el turno de tarde podrá establecerse
un turno forzoso rotatorio entre el personal del órgano o servicio".
El horario matinal será de seis horas entre las 7:30 y las 14:00 horas, y el de tarde de cuatro horas y treinta
minutos entre las 15:00 y las 20:00 horas.
"Se garantizará en todo caso -señala el BOE- el periodo de una hora entre la finalización del turno de mañana y el inicio del turno de tarde para proceder a la limpieza de los espacios de trabajo compartidos, sin perjuicio de la flexibilidad en la entrada y la salida del personal. No se podrá iniciar la labor de turno de tarde en tanto no se haya producido la limpieza de las dependencias en que deban prestar servicio los funcionarios que lo integren-.
El BOE deja claro que por la tarde "no se prestará con carácter general servicio de atención al público o profesionales sin perjuicio de su procedencia cuando se haya acordado previamente la celebración de actuaciones en ese horario. Cuando excepcionalmente se deban realizar actuaciones y estas requieran la
presencia de personal de un cuerpo específico que no haya solicitado voluntariamente el turno de tarde, deberán ser atendidas por personal de otros órganos del mismo cuerpo que lo haya solicitado".
Asimismo, "la asignación al turno de mañana o tarde será compatible con la solicitud y disfrute
de los permisos por actividades formativas procedentes conforme a la normativa de función pública".
Estas son las cuatro fases de la desescalada para la incorporación del personal en la Administración de Justicia:
"Fase 1. «Inicio de la reincorporación programada»: acudirán a cada centro de trabajo entre un 30 y un 40% de los efectivos que presten servicio en ellos.
Fase 2. «Preparación para la reactivación de los plazos procesales»: se iniciará cuando haya transcurrido al menos una semana desde el inicio de la fase I. Acudirán a cada centro de trabajo entre un 60 y un 70% de los efectivos que presten servicio en ellos, en turnos de mañana y tarde, si así se establece.
Fase 3. «Actividad ordinaria, con plazos procesales activados»: se iniciará siempre que hayan transcurrido al menos dos semanas desde el inicio de la fase II. Acudirán a cada centro de trabajo el 100% de los efectivos que presten servicio en ellos, en turnos de mañana y tarde, si así se establece.
Fase 4. «Actividad normalizada conforme a la situación anterior al estado de alarma»: se iniciará en el momento en que se levanten las recomendaciones sanitarias que permitan retornar a la situación de funcionamiento anterior a dicha declaración. Acudirán a cada centro de trabajo el 100% de los efectivos en su jornada ordinaria".
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