Las protestas frente a los domicilios de los miembros del Gobierno Pablo Iglesias, Irene Montero y José Luis Ábalos entre el domingo y el lunes devuelven a la actualidad el debate sobre la legalidad del escrache, "la manifestación popular de protesta contra una persona, generalmente del ámbito de la política o de la Administración que se realiza frente a su domicilio o en algún lugar público al que deba concurrir", como lo define el diccionario de la Real Academia desde 2018.
Estos escraches estarían permitidos por la ley siempre y cuando los manifestantes no incurran en delitos de coacciones o amenazas, recuerdan penalistas consultados por El Independiente. El "derecho a la reunión pacífica y sin armas" entendiendo por ésta la concurrencia concertada y temporal de más de 20 personas con una finalidad determinada, está reconocido en el artículo 21 de la Constitución Española y no necesitaría de una autorización previa.
Sin embargo, el segundo punto del mencionado artículo de la Constitución también se recoge que la autoridad podrá prohibir reuniones en lugares de tránsito público "cuando existan razones fundadas de alteración del orden público, con peligro para personas o bienes". Con el país bajo un estado excepcional de alarma por la pandemia del coronavirus, las Fuerzas de Seguridad podrían disolver dichas reuniones si consideran que los manifestantes no guardan las distancias para evitar los contagios. Quienes no obedezcan, podrán recibir propuestas de sanción de entre 601 y 30.000 euros en aplicación de la Ley de Seguridad Ciudadana (Ley Mordaza) según los criterios de la Abogacía del Estado. Si se aplicara el criterio del Ministerio de Interior, estas propuestas de sanción se impondrían simplemente por incumplir las normas del decreto del estado de alarma, como ha ocurrido en las últimas semanas.
Sáenz de Santamaría, Oltra o Ciudadanos
La alta tensión política se hizo evidente este martes a cuenta de los escraches a miembros del Gobierno. El vicepresidente segundo Pablo Iglesias, que en el pasado habló de los escraches a políticos del Partido Popular como "jarabe democrático", afirmó en una entrevista en La Sexta: "Esto va a terminar ocurriéndole a otros líderes políticos. Hoy es gente de derechas manifestándose en la puerta de mi casa. Mañana será gente de izquierda manifestándose enfrente del apartamento de Ayuso, de la casa de los Espinosa de los Monteros o de la casa de Abascal". Unas declaraciones que el líder de Vox, Santiago Abascal, entendió como una amenaza y responsabilizó al secretario general de Podemos de lo que pueda ocurrirle, igual que su compañero de partido, Iván Espinosa de los Monteros.
Más allá de lo discutible de que sean el procedimiento más adecuado de protesta, este tipo de manifestaciones por sí mismas no son perseguibles penalmente. Únicamente si los manifestantes incurren en delitos de amenazas o coacciones tipificados entre los artículos 169 y 172 del Código Penal.
Existen diversos ejemplos de denuncias por escraches presentados ante la Justicia y que fueron archivadas. La más conocida fue la que presentó el marido de la ex presidenta del Gobierno Soraya Sáenz de Santamaría contra una protesta frente a su domicilio en 2013, cuando ambos eran padres de un bebé, en la que participó, entre otros, el ex secretario general de Alianza Popular Jorge Verstrynge, desde hace años muy próximo a Pablo Iglesias. La Audiencia de Madrid rechazó un recurso de la Fiscalía y confirmó el archivo de un juzgado precisamente porque no encontró indicios de coacciones ni amenazas. Los magistrados entendieron que la manifestación "no fue violenta ni hay indicios de que la finalidad perseguida fuera la de impedir que la familia de la vicepresidenta pudiera salir de casa".
La protesta de más de una decena de personas del grupo de extrema derecha España 2000 contra el domicilio de la vicepresidenta de la Comunidad Valenciana, Mónica Oltra, en 2017 incluso llegó a juicio con el informe previo de la Fiscalía que vio un delito leve de amenazas contra cuatro personas. Fueron absueltos, el Juzgado de Instrucción número 6 de Llíria (Valencia) consideró que sus actos no tuvieron "una intensidad tal que puedan ser constitutivos de un delito leve de amenazas", ya que "no puede darse por acreditado que objetivamente se conminara a la denunciante con el anuncio de un mal futuro, más allá de la apreciación subjetiva" de la denunciante.
El Ministerio Público sí vio un posible delito de coacciones contra los representantes de Ciudadanos que fueron abucheados, insultados y recibieron escupitajos en la calle durante la marcha del Orgullo Gay de Madrid del año pasado, abandonando la concentración finalmente. Sin embargo, también pidió el archivo de las actuaciones al no poder determinar a los autores del presunto delito «las investigaciones policiales llevadas a cabo».
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