La Fiscalía de la Audiencia Nacional pide una condena de tres años de prisión por delito de encubrimiento para cada uno de los dos agentes de los Mossos d'Esquadra que acompañaban al expresidente catalán Carles Puigdemont cuando fue detenido en Alemania el 25 de marzo de 2018.
Los mossos Carlos de Pedro López y Xavier Goicoechea fueron procesados el pasado mes de febrero por el Juzgado Central de Instrucción número 6, que consideró que con su actuación perseguían el objetivo de que Puigdemont no fuese detenido después de que se reactivara la orden europea de detención y entrega emitida por el Tribunal Supremo.
"Los investigados ayudaban a Carles Puigdemont, conscientes de que era investigado en España por su participación en hechos constitutivos del delito de rebelión y otros, y que el juez instructor había emitido una orden europea de detención y entrega", explica el fiscal, que considera que la intención de los mossos era ayudar al expresident a llegar a Bélgica y "evitar su identificación en algún lugar donde pudieran ejecutar la orden de detención".
Una semana de libranza
Según el relato de hechos que hace el Ministerio Público, los dos agentes de los Mossos estaban "en servicio activo" el 25 de marzo de 2018, De Pedro en la unidad de seguridad ciudadana de la comisaría de El Prat de Llobregat y Goicoechea en el Área de Escoltas en Sabadell. Ambos se encontraban esos días "disfrutando de una semana de fiesta", el primero "tras haber trabajado una semana completa de turno de noche" y el segundo "de conformidad con el cuadrante de servicios que tenía asignado".
Los dos mossos, "aprovechando los días libres de trabajo", se desplazaron el 19 de marzo a la localidad de Waterloo (Bélgica)", donde se había establecido Puigdemont después de huir de España tras la declaración unilateral de independencia (DUI) del 27 de octubre de 2017.
El 23 de marzo, estando en Bélgica, "una persona no identificada les pidió a los dos acusados que fuesen a buscar a Carles Puigdemont" en un vehículo Renault Espace. El expresidente catalán se encontraba en Helsinki (Finlandia) cuando el juez instructor del 'procés', Pablo Llarena, reactivó esos días la orden europea de detención y entrega.
De Bruselas a Estocolmo
"El mismo día de la emisión de la orden, Puigdemont abandonó Helsinki. Los dos acusados salieron de Bruselas conduciendo el vehículo y llegaron a Estocolmo a una hora que no se ha determinado. En esa ciudad recogieron a Carles Puigdemont e iniciaron el regreso a la capital belga", explica el fiscal Emilio Miró en su escrito.
Fue el 25 de marzo, pasadas las once de la mañana, cuando agentes de la Policía alemana interceptaron el vehículo en un aparcamiento de viajeros pendulares de Jagel, en la autopista BAB7, que transcurre entre la frontera con Dinamarca y la ciudad de Hamburgo.
En el vehículo, prosigue el fiscal, viajaban Puigdemont, los dos mossos y otras dos personas, el empresario Josep María Matamala y el historiador Josep Lluís Alay. Estos dos últimos también estuvieron imputados en esta causa, pero el juez instructor, Manuel García Castellón, archivó la investigación para ellos a petición del Ministerio Público.
Mientras en el caso de los mossos ha pesado su carácter de funcionarios para continuar el procedimiento judicial contra ellos, el rol del empresario y el historiador sería equiparable al del resto de personas que acompañan al expresident dentro y fuera de Bélgica cada vez que se mueve por Europa para participar en algún evento.
Por todo ello, la Fiscalía acusa a De Pedro y Goicoechea de un delito de encubrimiento tipificado en el artículo 451 del Código Penal por "ayudar a los presuntos responsables de un delito a eludir la investigación de la autoridad o de sus agentes o a sustraerse a su busca o captura".
En este caso, el Ministerio Público pide la pena más alta prevista en el Código Penal, tres años de prisión, para los dos mossos, ya que habrían ayudado al expresidente catalán, quien en aquel momento estaba buscado por un posible delito de rebelión. También reclama para De Pedro y Goicoechea inhabilitación especial para empleo o cargo público durante el tiempo que dure la condena.
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