Las Juntas de Tratamiento de las cárceles catalanas decidirán de qué manera aplican el tercer grado penitenciario, de semilibertad, que la Generalitat ha concedido a los nueve líderes independentistas condenados en la sentencia del procés. En sus manos está acordar si regresan cada noche a dormir a los establecimientos penitenciarios o se les permite dormir en sus casas con control telemático. También si se les autoriza a disfrutar de salidas de fin de semana más largas de lo habitual.
El Reglamento Penitenciario contempla distintas modalidades de vida en el régimen abierto que tendrán que escoger las cárceles donde se encuentran los políticos independentistas condenados a entre nueve y trece años de prisión por los delitos de sedición y malversación por la Sala Segunda del Tribunal Supremo.
Nueve meses después de recibir la sentencia, la Generalitat ha confirmado la concesión del tercer grado y ahora, según establece el artículo 84 del Reglamento Penitenciario, las normas de organización y funcionamiento de los establecimientos de régimen abierto serán elaboradas por la Junta de Tratamiento y aprobadas por el Centro Directivo de las cárceles.
El artículo 86.4 del citado Reglamento recoge la posibilidad de que los condenados continúen cumpliendo condena en su domicilio, también para dormir, con un control telemático. Dicho artículo establece que "en general, el tiempo mínimo de permanencia en el Centro será de ocho horas diarias, debiendo pernoctarse en el Establecimiento, salvo cuando, de modo voluntario, el interno acepte el control de su presencia fuera del Centro mediante dispositivos telemáticos adecuados proporcionados por la Administración Penitenciaria u otros mecanismos de control suficiente, en cuyo caso sólo tendrán que permanecer en el Establecimiento durante el tiempo fijado en su programa de tratamiento para la realización de actividades de tratamiento, entrevistas y controles presenciales".
Los internos en tercer grado "disfrutarán de salidas de fin de semana, como máximo, desde las dieciséis horas del viernes hasta las ocho horas del lunes", establece la norma
En cuanto a las salidas de fin de semana, como norma general los internos en tercer grado "disfrutarán de salidas de fin de semana, como máximo, desde las dieciséis horas del viernes hasta las ocho horas del lunes", establece la norma. Pero ésta también marca que "sin perjuicio de lo dispuesto en los apartados anteriores, el Centro Directivo podrá aprobar salidas de fin de semana con horarios diferentes a los indicados" (art. 87.4).
Hasta que los Juzgados de Vigilancia resuelvan
Los líderes del proceso soberanista se mantendrán en este régimen de semilibertad aunque la Fiscalía de Cataluña recurra el tercer grado a las respectivas cárceles. En caso de que lo hiciera, los Juzgados de Vigilancia Penitenciaria tendrán que resolver si mantienen el tercer grado o lo revocan. Si ocurriera lo segundo, tendrían que volver a prisión.
En caso de que los jueces de vigilancia penitenciaria ratifiquen la decisión de la Generalitat de otorgarles la semilibertad, la Fiscalía podría recurrir el tercer grado en apelación ante el tribunal sentenciador, la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo, como fuentes fiscales manifestaron que harán a El Independiente.
En ese caso, la presentación del recurso tendría efecto suspensivo inmediato para el tercer grado hasta que el alto tribunal resolviera. Mientras tanto, los líderes independentistas deberían volver al régimen de segundo grado.
Los fiscales de Sala del Tribunal Supremo solicitaron al tribunal presidido por el magistrado Manuel Marchena que los líderes independentistas, una vez condenados, no pudieran acceder al tercer grado penitenciario hasta que alcanzaran la mitad de las penas impuestas, una petición que la Sala rechazó en la sentencia, decisión que no fue bien vista por los representantes del Ministerio Público.
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