La sala del Tribunal Supremo que juzgó la causa del procés ha estimado el recurso de la Fiscalía y ha revocado el auto por el que el pasado 28 de abril el Juzgado de Vigilancia Penitenciario número 3 de Lleida aprobó la aplicación del reglamento penitenciario que dejaba en semilibertad a la ex presidenta del Parlament de Cataluña Carmen Forcadell. La decisión del Supremo coincide con una decisión en sentido contrario de la Audiencia de Girona, que ha rechazado el recurso de la Fiscalía contra la concesión del 100.2 a Dolors Bassa, porque la ex consellera ya disfruta del tercer grado.

Por su parte, Forcadell ha lamentado esta decisión aunque ha puntualizado que no le sorprende porque de este tribunal no espera justicia sino que sabe que "es venganza".

Así, la Sala Segunda del TS deniega en un auto la aplicación a Forcadell de dicho régimen flexible, propuesto en febrero por la Junta de Tratamiento de la prisión de Mas d'Enric (Tarragona), al no existir ninguna conexión entre el programa de tratamiento aprobado, consistente en tareas de voluntariado y acompañamiento a familiar fuera de la cárcel, y el proceso de reinserción de la penada relacionado con el delito cometido.

Esto, dice el tribunal, hace "injustificable" ese régimen de semilibertad "de facto" del que disfrutaría antes de haber cumplido ni una cuarta parte de la condena (11 años y medio de cárcel).

El auto de la Sala zanja así la controversia acerca del órgano competente para conocer de los recursos de apelación contra las decisiones de la administración penitenciaria que impliquen la aplicación del régimen previsto en el artículo 100.2 del Régimen Penitenciario.

Precedente de Urdangarín

Hasta ahora, la juez de vigilancia penitenciaria de Barcelona que ha visto los recursos contra los siete condenados recluidos en Lledoners había desestimado los recursos de la Fiscalía, ratificando en cada ocasión los permisos para trabajar de Oriol Junqueras, Raül Romeva, Jospe Rull, Jordi Turull, Jordi Sánchez, Jordi Cuixart y Joaquim Forn. Sin embargo el juez de Lleida que asumió el recurso contra el permiso de Forcadell se acogió a la "doctrina Urdangarin" apuntando a la posibilidad de que fuera el tribunal sentenciador, en este caso el Tribunal Supremo, el que decidiera al respecto.

Esta decisión abre ahora el camino a que la Fiscalía recurra también ante el Tribunal Supremo la concesión del tercer grado a todos los condenados por el 1-O, que disfrutan de semilibertad desde el pasado fin de semana.

Paralelamente, la Audiencia de Girona ha rechazado hoy el recurso en el mismo sentido planteado por la Fiscalía contra la concesión del 100.2 a Bassa. En este caso, la Sala acuerda desestimar el recurso de apelación interpuesto, la haber quedado vacío de contenido.