El Juzgado de Instrucción 32 de Madrid ha archivado la querella que la abogada de Podemos Marta Flor Núñez interpuso contra José Manuel Calvente, ex letrado y responsable de Protección de Datos del partido, por presunto acoso laboral y sexual al no apreciar indicios de delito.
En una resolución notificada a las partes este miércoles, la magistrada acuerda el sobreseimiento provisional como le había pedido el pasado 10 de julio la Fiscalía. Las diligencias practicadas no han acreditado los indicios de acoso sexual y laboral, hostigamiento, coacciones y lesiones denunciadas por la letrada.
Ese supuesto acoso fue el motivo esgrimido por la dirección de Podemos para echar a Calvente a finales del pasado año. El abogado, sin embargo, sostenía que el despido obedecía a la investigación interna que llevaba a cabo -junto a Mónica Carmona- tras descubrir que algunos dirigentes cobraban en nómina un extra mensual de 600 euros (denominados «complementos de coordinación») no previstos en la tabla oficial de Podemos y una cantidad fija de supuestos gastos de viajes con la que se camuflaría supuestamente un pago en especie.
El letrado también apreció anomalías en las «donaciones de excedentes de salario» por parte de algunos cargos públicos y el fraccionamiento de contratos para beneficiar -entre otras- a una empresa controlada por Rafael Mayoral, diputado y miembro del Consejo Ciudadano del partido.
Las supuestas irregularidades alcanzaban también a la licitación de la obra de reforma de la sede principal de Podemos en Madrid, como puso de manifiesto Calvente en el burofax que le envió al secretario de Organización (Alberto Rodríguez) el 23 de octubre de 2019. Según el abogado, la gerente de Podemos había realizado «graves interferencias» en su trabajo por «pretender lanzar con prisas la web de licitaciones sin avisos legales para ocultar la falsa licitación de las obras de la sede". En concreto, los trabajos se anunciaron por 649.936,68 euros y se terminaron adjudicando por 1.361.055 euros (un 109 % más), sin que se haya aclarado el motivo del desfase.
Varapalo a Marta Flor Núñez por parte de la juez, que no ve indicios de ninguno de los cinco delitos denunciados
En el auto, la juez Rosa María Freire dice que no ha quedado acreditado el delito de acoso sexual "ante la falta de evidencia de favor sexual alguno, ni ninguna situación objetiva intimidante, hostil o vejatoria hacia la querellante por parte del querellado".
"La relación de amistad y confianza entre querellante y querellado fue consentida y compartida por ambas partes hasta febrero de 2019, tal como reflejan los mensajes aportados por la propia querellante, quien reconoce dicha amistad hasta el 22 de febrero, fecha en que manifiesta con claridad que sólo quiere una relación profesional", expone.
La instructora tampoco aprecia que Calvente acosara laboralmente a Marta Flor Núñez al no existir una relación de superioridad. "El querellado es un mero coordinador del equipo legal, con el fin de racionalizar y distribuir el trabajo entre los miembros del equipo, sujeto a la aprobación, visto bueno e instrucciones de la responsable del Equipo como bien reconoce la querellante, quien se refiere a ella como 'mi jefa', 'mi responsable', y a ella se dirigió a partir del cese de su relación personal con el querellado, para despachar y para que solucionase el problema que se había creado, dada su pretensión reiterada e inamovible de trabajar independiente y no relacionarse profesionalmente con el querellado", añade.
Igualmente, la titular del Juzgado 32 de Madrid descarta la existencia de actos hostiles o humillantes hacia la querellante, sino "graves desavenencias personales que transcendieron al ámbito laboral del equipo legal de la formación política y que causaron una importante preocupación a la responsable del equipo". "De alguna manera, este conflicto no fue resuelto adecuadamente y culminó con la desaparición del equipo existente a la sazón, por cuanto el querellado y otra letrada fueron despedidos, y se han interpuesto denuncias o querellas cruzadas en vía judicial, denuncias ante la Agencia Española de Protección de Datos..., reflejo de discrepancias personales, profesionales, y quizás también de una lucha de poder interna, que transciende al propio conflicto entre las partes de este procedimiento".
Podemos achacó a esta denuncia el despido de Calvente, que la interpretó como una represalia por investigar irregularidades en la gestión económica
Descarta, asimismo, la juez Freire que Calvente hubiera hostigado a su compañera en el equipo legal de Podemos tras no existir indicios de que hubiera "alterado gravemente" el desarrollo de su vida cotidiana, al tiempo que llama la atención sobre el hecho de que los mensajes enviados dejan claro que el querellado era el apoyo de Marta Flor Núñez "en momentos difíciles".
El auto de sobreseimiento niega el delito de coacciones denunciado -"no ha habido, o no se ha acreditado, ni violencia física ni intimidación verbal", detalla- y también el de lesiones, al no aportar la querellante ningún tratamiento médico que justificara agresión alguna.
"No existe relación de causalidad entre sus alegadas bajas médicas en octubre y diciembre de 2019 y una actuación del querellado, siendo más propias de la situación de conflicto extremo al que se había llegado dentro de la organización de Podemos, en relación al equipo legal, y que afectaba de forma directa a la querellante, por su protagonismo en este conflicto, querido o impuesto por la organización, tal como se refleja en la toma de posiciones de la nueva directiva del equipo legal y en el despido de dos miembros del equipo, entre ellos el querellado, con apoyo en gran medida en los datos y valoraciones aportados por la querellante", zanja.
El archivo de la querella interpuesta por Marta Núñez Flor -abogada de la ex asistente de Pablo Iglesias (Dina Bouselham) en la pieza separada del caso Villarejo en la que se investiga la presencia del volcado de la tarjeta SIM de su móvil en casa del comisario hoy preso- se ha conocido el mismo día que el Juzgado de Instrucción 42 de Madrid había citado a José Manuel Calvente para ratificarse por la denuncia que a finales de 2019 interpuso ante la Guardia Civil por las irregularidades en la gestión económica de Podemos que había podido conocer por la responsabilidad desempeñada. Debido a la pandemia, estaba previsto que esa declaración se realizara desde los juzgados de Barcelona, provincia en la que reside el denunciante.
Investigación por malversación
De momento, dicha denuncia se ha judicializado y el magistrado Juan José Escalonilla aprecia que los hechos relatados por el antiguo responsable de Protección de Datos y abogado de Podemos podrían ser constitutivos de malversación de caudales públicos y administración desleal.
Para avanzar en el esclarecimiento de los hechos, el instructor ha citado a declarar en septiembre en calidad de testigos a Mónica Carmona -abogada del partido que también fue despedida- y a Gloria Elizo, antigua responsable del equipo legal de Podemos y hoy vicepresidenta tercera del Congreso de los Diputados.
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