Gonzalo Boye, el abogado del presidente de la Generalitat, Quim Torra, ha afirmado este jueves ante los magistrados del Tribunal Supremo que deben decidir si confirman la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña por desobediencia que supondría su inhabilitación que recibió un trato "desigual" de la Justicia como "representante de una minoría nacional".
El abogado ha afirmado que el presidente catalán tomó la "decisión consciente" de no acatar la orden de la Junta Electoral Central (JEC) para retirar una pancarta de la Generalitat con el lema 'Libertad presos políticos' -motivo por el que fue condenado a un año y medio de inhabilitación por desobediencia- porque la JEC "no era una autoridad superior ni competente" para darle dicha orden. El letrado ha sostenido que el tribunal, del que formaba parte el presidente del TSJ catalán, tenía predeterminada la sentencia condenatoria porque sus miembros no eran imparciales y habían hecho manifestaciones públicas contra la Generalitat catalana que presidía Torra.
Boye ha expuesto que los magistrados catalanes, para dictar sentencia, dieron por hecho que "la JEC es el órgano superior a todos los demás órganos del Estado" y pidieron a Torra que "vulnerase sus derechos fundamentales y los de las personas que trabajan en la Generalitat y tenían colgadas esas pancartas. Existían derechos políticos, derechos fundamentales, libertad de expresión...no solo del señor Torra, sino de otras personas", ha defendido.
El letrado ha considerado que la orden de la JEC vulneró el derecho de Torra a la libertad de expresión porque la retirada de la pancarta fue un "acto político". Para el representante legal de Torra, el tribunal hizo una "distinción jurídica a efectos de minorías nacionales que están representadas por la persona que está recurriendo". "Las tres palabras de la pancarta siempre las dijo en sus discursos como presidente y las traslada a una pancarta que es tanto como trasladarlas a un pin en una chaqueta, que esta misma sala ha dicho que se trata de un derecho político", afirmó Boye.
Fiscalía: "Es un acto administrativo, no político"
En cambio, la Fiscalía, que ha pedido al Tribunal que confirme la sentencia condenatoria considera que el acto que la JEC ordenó a Torra, la retirada de la pancarta, era "administrativo, no político". Por tanto, el presidente catalán incurrió en un incumplimiento por el que se le abrió un expediente sancionador.
La fiscal de Sala Pilar Fernández Valcarce, que ha representado al Ministerio Público en la vista, ha considerado que la jurisprudencia de la Sala Penal del Supremo sienta un criterio "unánime y pacífico" sobre el sentido del término 'autoridad superior' en el artículo 410 del Código Penal por el que Torra fue condenado en diciembre de 2019. Según Valcarce, "esa autoridad superior no lo es jerárquicamente, sino en la materia sobre la que se trate".
Para Vox es "marketing político"
El partido político Vox, que también ha intervenido en la vista como acusación popular contra Torra representado por la abogada Marta Castro, también alega que en la causa no se abordan "actos políticos", sino la "neutralidad que debe regir todos los actos públicos en campaña" y que Torra incumplió desobedeciendo la orden de la JEC, consideran.
"No hay ninguna discriminación", afirmó Castro. "El principio básico de la democracia es el respeto de las leyes y todo lo demás es marketing político", dijo la representante de Vox.
Los magistrados de la Sala Segunda del Tribunal Supremo, Andrés Martínez Arrieta, Juan Ramón Berdugo, Antonio del Moral, Vicente Magro y Susana Polo -los tres primeros miembros del tribunal que juzgó el procés– serán los encargados de dictar la resolución que se conocerá en los próximos días. La confirmación de la sentencia condenatoria supondría ejecutar la inhabilitación y su salida de la presidencia de la Generalitat.
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