La sentencia del Tribunal Supremo que avala la decisión del Consejo de Ministros de otorgar poderes ejecutivos a la presidenta interina de RTVE -Concepción Cascajosa- no fue aprobada por unanimidad. El texto incluye el voto particular del magistrado Antonio Jesús Fonseca-Herrero Raimundo, que considera que tanto la Sociedad Estatal de Participaciones Industriales (SEPI) como Moncloa no respetaron el espíritu de la ley a la hora de tomar esa decisión.
El litigio lo iniciaron hace un año y medio los sindicatos USO, UGT y SI, después de que el Consejo de Ministros, a iniciativa de SEPI, promoviera una modificación de los estatutos sociales de RTVE para que la presidenta interina -Elena Sánchez- pudiera ejercer las mismas funciones que su antecesor, José Manuel Pérez Tornero, elegido por mayoría de 2/3 en el Congreso de los Diputados.
El Alto Tribunal reconoce en la sentencia que los períodos de interinidad se producen por el bloqueo parlamentario -que impide elegir a un nuevo líder para RTVE- y que deberían ser breves, pero descarta que el citado cambio estatutario fuera ilegal.
El voto particular
La nota discordante la ha puesto uno de sus magistrados, que en su voto particular considera que el recurso de los sindicatos debería haber ser sido estimado, en cuanto a que el acuerdo del Consejo de Ministros altera el régimen legal y justifica "una vía puramente mercantilista" para autorizar la modificación estatutaria.
Este cambio, a su juicio, "incide directamente en la composición de un organismo público estatal y con incidencia negativa en el sistema diseñado por el artículo 20.3 de la Constitución y, con ello, en la regla legal de elección parlamentaria con mayorías cualificadas".
El resto de los miembros del tribunal consideraban que los propios estatutos sociales de RTVE daban pie para clarificar una situación que la ley no plantea de forma precisa, como es la relativa a quién debe asumir el poder ejecutivo en la corporación en caso de que dimita su presidente.
Según el criterio de este magistrado, esa cuestión es tan relevante que debería haberse resuelto mediante una reforma legal; y en ningún caso a través de una modificación como la que se aplicó.
Saltarse al Parlamento
En este sentido, recuerda que la ley establece que los líderes de los medios de comunicación públicos deben elegirse en el Parlamento mediante mayorías cualificadas. Esto se decidió hace más de una década para que así los ciudadanos tuvieran asegurada su participación indirecta en estas empresas.
"La situación de hecho provocada por la falta de acuerdo parlamentario para esos nombramientos no puede suplirse por un mero acuerdo del Consejo de Ministros como el impugnado, de autorización de modificación de los Estatutos sociales, omitiendo totalmente la intervención de las Cámaras", argumenta.
El magistrado también recuerda que el Tribunal Constitucional se opuso a la forma por la que fue designada Rosa María Mateo porque no se tuvo en cuenta al Senado. "(Por ello), con mayor razón debemos ahora anular el sistema extraparlamentario pleno que representa el acuerdo del Consejo de Ministros impugnado".
Futuros nombramientos
Más allá de las cuestiones formales, lo cierto es que la sentencia despeja el horizonte para la presidenta provisional, que, en principio, debería ejercer tan sólo hasta después del verano, pero que, a tenor de precedentes como el de Mateo, nadie descarta totalmente dentro del Consejo de RTVE que sus funciones se extiendan durante más tiempo.
Desde el Gobierno, ya se han trasladado mensajes a la corporación que afirman que, en caso de que el Partido Popular se niegue a consensuar la figura de un presidente, están dispuestos a modificar la ley para reducir la mayoría necesaria para su elección.
Sea como sea, mientras tanto Concepción Cascajosa podrá tomar decisiones con la garantía de que el Tribunal Supremo ha confirmado que está facultada para ello.
Lo previsible -indican estos informantes- es que en la reunión del órgano de gobierno de RTVE de junio proponga cubrir las vacantes de la Dirección General de Contenidos y de la Secretaría de RTVE. Para ello, deberá obtener el respaldo de 5 de los 9 vocales.
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