Los tribunales han tenido que volver a pronunciarse sobre un episodio relacionado con Radiotelevisión Española y la Ley de Transparencia. En esta ocasión, ha sido la Audiencia Nacional la que ha desestimado el recurso presentado por Video Mercury Films, productora de Enrique Cerezo, con el que ha tratado de paralizar la difusión de los datos del contrato que suscribió con Radiotelevisión Española para la adquisición de los derechos de emisión de más de un centenar de películas.
Este acuerdo fue rubricado mientras José Antonio Sánchez –hoy consejero del Grupo COPE- era presidente de RTVE. En febrero de 2016, el ciudadano Samuel Parra, solicitó información a la corporación -a través del buzón de Transparencia- sobre su coste, sobre los informes que habían precedido a esta decisión y sobre los consejeros de la corporación que votaron a favor y en contra de su firma en la reunión en la que se dio el visto bueno a esta adquisición.
Los responsables de RTVE se negaron a facilitar esta información, al considerar que vulneraba el ”derecho fundamental a la protección de datos de carácter personal” de los firmantes del contrato e iba en contra de los intereses comerciales de la corporación dentro del mercado audiovisual, en el que revelar estos costes podría otorgar una ventaja para sus competidores.
En su respuesta, se incluía un argumento que el propio Parra califica como “sorprendente”, en una conversación telefónica con este periódico. “Destacamos el carácter abusivo con que éste hace uso del derecho a la información al resultar evidente que el no está interesado en obtener información, sino en utilizar las numerosas solicitudes de información que efectúa a esta Sociedad Mercantil Estatal y otras Entidades del Sector público para promocionarse profesionalmente a través de su blog y los medios de comunicación”. A continuación, recordaba que esta actitud, por ley, puede llevar a la inadmisión de las solicitudes.
Largo camino administrativo y judicial
El citado ciudadano recurrió la resolución de RTVE ante el Consejo de Transparencia –segunda instancia en estos casos- y le dio la razón, en cuanto a que consideró que la corporación estaba obligada a revelar el importe de los contratos.
Posteriormente, Video Mercury Films acudió a la Audiencia Nacional para tratar de evitar que esta información se publicara y, recientemente, el tribunal ha fallado contra sus intereses en este sentido.
El tribunal rechaza el argumento de que Parra ha realizado un uso abusivo de la Ley de Transparencia. “No se prueba que la petición de información en relación a la productora fuera reiterada y carente de sentido ni el carácter abusivo de la misma, pues mediante ella se trata de conocer el dinero público gastado en la adquisición de determinadas películas y si el gasto estaba justificado”, afirma.
Para la Audiencia Nacional, está injustificada la pretensión de la productora de Enrique Cerezo de evitar la difusión de la citada información. Principalmente, porque la Ley de Transparencia persigue garantizar el público conocimiento de los fondos públicos y el motivo por el que se realizan los gastos.
La Audiencia Nacional concluye que el acceso a la información sobre la compra de películas “es esencial para garantizar la transparencia de la actividad desarrollada por la CRTVE”.
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