El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TUE) ha dado este martes la razón a la gallega Yatecomeré y ha avalado el rechazo como registro de marca europea de la catalana Yatekomo, al considerar que existe riesgo de confusión para el consumidor entre ambas denominaciones en sectores alimenticios.
El caso se remonta a 2013 cuando GB Foods SA solicitó a la Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (EUIPO) el registro como marca comunitaria de Yatekomo en una amplia gama de productos alimenticios, pero en 2015 la empresa gallega requirió que fuera anulado.
Sin embargo, la EUIPO interpretó que existía "riesgo de confusión" entre ambas y limitó el registro europeo para Yatekomo al arroz, tapioca y sagú, harinas y preparaciones a base de cereales.
El fabricante de GB Foods recurrió la decisión de la oficina europea en 2016, pero fue rechazado en marzo de 2017 insistiendo en el riesgo de confusión para los consumidores, por lo que la empresa catalana decidió elevar el caso al Tribunal europeo con sede en Luxemburgo.
En su sentencia de este martes, el TUE desestima el recurso de Yatekomo y rechaza los argumentos presentados por la marca catalana, que alegó que no se había tomado en consideración la notoriedad de su marca en España y que la EUIPO llevó a cabo una comparación errónea de las dos marcas.
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