El Juzgado de lo Penal número 3 de Almería ha condenado a dos años y diez días de prisión a un hombre que golpeó en el abdomen, tiró al suelo y propinó una patada que hizo que cayese por las escaleras a su pareja, que se encontraba embarazada de cinco semanas. La sentencia, a la que ha tenido acceso Efe, señala que el acusado, A.E.A.R., mantuvo una relación sentimental con la víctima desde mayo de 2016, conviviendo con ella desde octubre de dicho año en el Levante almeriense, fruto de la cual tuvieron un niño.
El 18 de mayo de 2018, sobre las 23:00 horas y tras una discusión con su pareja, la mujer se encerró en el dormitorio y el acusado comenzó a golpear la puerta, que estaba cerrada con pestillo. La víctima abrió la puerta y A.E.A.R. le quitó el móvil, iniciándose un forcejeo en el que el enjuiciado le propinó varios empujones y golpes en el abdomen intentando tirarla al suelo con ánimo de "menoscabar la integridad física" de ésta y pese a saber que estaba embarazada de cinco semanas.
La víctima desarrolló un trastorno de estrés agudo que ha evolucionado en un trastorno de estrés postraumático de gravedad
Posteriormente, el ahora condenado agarró a su compañera sentimental de las axilas para tirarla al suelo, momento en el que intervino la madre del hombre para impedirlo, lo que aprovechó la víctima para salir del dormitorio y refugiarse en otra habitación. Entonces gritó que lo iba a denunciar y el encausado rompió la puerta, entró en la habitación y cogió a su pareja de los cabellos, arrastrándola por el hueco de la puerta por el pasillo -lo que provocó que la mujer se golpease la cabeza contra el suelo-, le propinó una patada y la hizo caer por las escaleras.
La víctima sufrió lesiones, como equimosis en distintas partes del cuerpo, la rotura de parte de un incisivo, y desarrolló un trastorno de estrés agudo que ha evolucionado en un trastorno de estrés postraumático de gravedad. Por estos hechos, A.E.A.R. ha sido condenado a dos años y diez meses de prisión por un delito de lesiones en el marco de la violencia de género, por el que también se le impone la prohibición de comunicarse y aproximarse durante cinco años a menos de 500 metros de la víctima, a la que además tendrá que indemnizar con 6.134 euros.
Por otro lado, ha sido absuelto del resto de delitos por los que había sido acusado por el Ministerio Fiscal, que lo consideraba autor de un delito de malos tratos habituales y dos delitos de malos tratos y lesiones en el ámbito de la violencia de género.
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