El Papa ha dado un plazo de un año, hasta junio de 2020, para que todas las diócesis del mundo se doten de un sistema para que cualquier persona pueda denunciar casos de abusos, según recoge el Motu proprio Vos estis lux mundi, publicado este jueves por el Vaticano y cuyas normas entrarán en vigor el próximo 1 de junio.
Francisco también refuerza en esta nueva norma la responsabilidad de los obispos o miembros de Institutos de vida consagrada para que avisen con "prontitud" de cualquier sospecha a este respecto.
Los sistemas de denuncia podrán ser diferentes según las condiciones culturales de las diócesis
Concretamente, el texto establece que las diócesis y otras dependencias eclesiásticas locales "deben establecer, dentro de un año a partir de la entrada en vigor de las presentes normas, uno o más sistemas estables y fácilmente accesibles al público para presentar los informes, incluyendo eventualmente a través de la creación de un oficio eclesiástico específico".
"La normativa no especifica en qué consisten estos 'sistemas', para dejar a las diócesis la opción operativa, que puede ser diferente dependiendo de las diferentes culturas y condiciones locales. Lo que se quiere es que las personas que han sufrido abusos puedan recurrir a la Iglesia local con la seguridad de que serán bien recibidas, que estarán protegidas de las represalias y que sus informes serán tratados con la máxima seriedad", ha especificado el Director Editorial del Dicasterio para la Comunicación de la Santa Sede, Andrea Tornielli.
No solo denuncias de abusos a menores
Los casos que deben ser denunciados no solo se refieren a aquellos en los que la víctima es un menor, sino que también competen a casos de abusos contra adultos, por ejemplo, de violencia contra las religiosas por parte de clérigos, así como a casos de acoso a seminaristas o novicios mayores de edad. También se extienden a casos de posesión y uso de pornografía infantil y de actitudes de encubrimiento ante estas realidades.
Se trata de una normativa universal, que se aplicará a toda la Iglesia Católica, firmada por el Papa el pasado 7 de mayo de 2019. En ella, se determina también la obligación de todos los clérigos, religiosos y religiosas, de "informar con prontitud" a la autoridad eclesiástica de todas las denuncias de abusos de las que tengan conocimiento, así como de "las omisiones y encubrimiento en la gestión de los casos de abusos".
Informes confidenciales y libres de represalias
Hasta ahora, esta obligación se refería, en cierto sentido, sólo a la conciencia individual, pero a partir de ahora se convierte en un precepto legal universalmente establecido. Además, otra novedad es que si bien la obligación de denuncia compete sólo a los clérigos y religiosos, también alienta a los laicos a usar el sistema para denunciar el abuso y el acoso, a la autoridad eclesiástica competente.
De este modo, el Papa ha impuesto la obligación de informar "sin demora" sobre los casos de abusos al Ordinario del lugar donde habrían ocurrido los hechos y ha abierto la posibilidad a que "cualquier persona" pueda presentar "un informe" sobre hechos de pederastia o abusos a menores.
El Papa establece que los informes presentados tendrán un carácter completamente confidencial y prohíbe expresamente los "prejuicios, represalias o discriminaciones" por haberlos presentado.
"La obligación de informar al ordinario del lugar o al superior religioso no interfiere ni modifica ninguna otra obligación de informar que pueda existir en las leyes de los respectivos países: las normas, en efecto, se aplican sin perjuicio de los derechos y obligaciones establecidos en cualquier lugar por las leyes del Estado, en particular las relativas a las obligaciones de información a las autoridades civiles competentes", aclara Tornielli.
Asimismo, Francisco reforma el papel del arzobispo metropolitano en la investigación previa que, a partir de ahora, recibe un mandato especial de la Santa Sede para investigar si la persona denunciada es un obispo.
Además, el Pontífice establece que el responsable de la investigación deberá enviar en treinta días a la Santa Sede "una relación informativa sobre el estado de las investigaciones", que "debe concluirse en el plazo de noventa días", aunque contempla posibles prórrogas por "razones justas". Una vez los resultados de la investigación están en manos del Vaticano, los responsables jurídicos podrán imponer inmediatamente medidas preventivas y restrictivas a la persona investigada.
"La acusación sólo debe ser notificada si se abre un procedimiento formal y, si se considera apropiado para garantizar la integridad de la investigación o de las pruebas, puede omitirse en la fase preliminar", precisa Tornielli.
Además, el Papa especifica que, para las investigaciones, los responsables pueden recurrir a la ayuda de "personas cualificadas", según "la necesidad del caso y, en particular, teniendo en cuenta la cooperación que pueden ofrecer los laicos".
Este compendio de reglas, que serán aplicadas por un trienio, son fruto del encuentro anti-pederastia que reunió en febrero de 2019 a los jefes de las Conferencias Episcopales de todo el mundo en el Vaticano.
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