La magistrada-presidenta del Tribunal del Jurado de la Audiencia de Alicante ha condenado a 22 años de prisión por un delito de asesinato al hombre que asestó 68 puñaladas a la hija de su vecina. El padre del agresor ha sido también condenado, en este caso, por un delito de amenazas a la pena de 15 meses de prisión y a no acercarse a menos de 500 metros de los familiares de la víctima ni a comunicarse con ellos durante cuatro años.
La condena, impuesta tras el veredicto de culpabilidad dictado por el jurado, contempla las agravantes de alevosía y ensañamiento, y le impone, además, la prohibición de acercarse a los hijos y marido de la víctima y a su vecina a una distancia inferior a 500 metros y a comunicarse con ellos durante 30 años. Asimismo deberá indemnizar al viudo con 150.000 euros, a los dos hijos con 100.000 euros y a la madre de la víctima con 75.000 euros, tal y como publica Europa Press.
Los hechos se produjeron el 28 de marzo de 2018 en un edificio de la avenida Doctor Jiménez Díaz de Alicante cuando la víctima y su madre salían del ascensor. En el rellano de la planta baja, el agresor se avalanzó "de manera sorpresiva" sobre la mujer a la que asestó 68 puñaladas con una navaja de 10 centímetros.
Según la setencia, con ello "aumentó de forma deliberada e inhumana el dolor" de la víctima que "quedó todavía viva y tirada en el suelo" y falleció a las 16.30 horas en el Hospital General de Alicante.
Por su parte, el padre del agresor bajó al rellano y le espetó a la madre de la víctima que lo tenían que haber "hecho antes" porque estaban "hartos" de ellos: "Lo tenías que pagar y lo pagarás; esto no quedará así".
El jurado consideró suficientes las pruebas para declarar culpable de asesinato al hombre, que tiene diagnosticado un trastorno por abuso de sustancias y de personalidad cluster B. El jurado ha estimado que pese a las "descompensaciones de tipo psicótico" que sufría el condenado por el consumo de drogas, en el momento de los hechos "no presentaba alteraciones" que pudieran afectar a su imputabilidad, como apuntaba su defensa.
No obstante, se le absuelve del delito de amenazas, del que sí ha sido condenado su padre, porque considera no probado que le dijera a la madre de la víctima que se iba a acordar de él por no dejarle dormir.
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