La Audiencia Provincial de Almería ha condenado a ocho años y seis meses de prisión al responsable de una entidad benéfica por obligar a una mujer en situación de vulnerabilidad social y económica a mantener relaciones sexuales con él si quería percibir alimentos para ella y sus dos hijos pequeños.
El fallo, sobre el que cabe recurso de apelación ante el TSJA, condena al acusado por un delito de abusos sexuales agravado y continuado, por el que además se le impone la prohibición de comunicarse con la víctima durante diez años, tal y como publica Europa Press.
El tribunal le condena también a un mes de multa a razón diez euros diarios por un delito leve de estafa al considerar que cobró pequeñas cantidades de dinero, de entre cinco y dos euros, a los usuarios del programa gratuito de alimentos por acceder al servicio o por hacerles entrega de la comida que guardaba en una cochera, aunque no contaba con autorización del presidente del Banco de Alimentos de Almería para almacenarla ahí.
La sentencia destaca en sus fundamentos que "si bien existió aceptación de la víctima a las relaciones sexuales", lo hizo con un "consentimiento viciado" al que se vio sometida. En esta línea, ella misma aclaró que tardó casi cuatro años en poner la denuncia porque "no quería ponerla ella sola" de modo que se animó cuando tuvo conocimiento de que había "otras mujeres". Así, fueron varias las que declararon que "habían oído que V. daba ayuda a cambio de sexo" durante su comparecencia como testigos en el juicio.
El condenado era desde 2014 el responsable de hecho de la inscripción, recogida, almacenamiento y entrega de alimentos a personas en situación de exclusión social, "asumiendo el control de dicha actividad como figura visible de la Iglesia Evangélica La Puerta, de la localidad de Vícar", según consta en la resolución del tribunal.
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