La Sección Primera de la Audiencia Provincial de Granada ha condenado a 29 años y cinco meses de prisión al joven que asesinó a una anciana octogenaria tras estrangularla en la vivienda que habitaba sola en Granada, cuando entró para robarle. Se da la circunstancia de que el tribunal del caso, el cual se juzgó hace medio mes mediante la fórmula del jurado popular, que consideró al joven, de 22 años y nacionalidad marroquí, culpable de los hechos, ha descartado condenarlo a prisión permanente revisable, como pedía la Fiscalía.
Según consta en la sentencia, consultada por Europa Press, los miembros del jurado consideraron que los hechos habían quedado demostrados por la propia declaración del procesado, que se declaró culpable, "confesión que, en gran parte, resulta avalada por las muestras de ADN recogidas en el lugar de los hechos, y cuyos análisis evidenciaron pertenecer al acusado".
Asimismo, la pericial forense demostró que se había tratado de una "muerte violenta por estrangulación a lazo" de quien era en ese momento "una anciana desvalida". En cuanto a la condena, la "hiperagravante" que habría sido necesaria para pasar a condenar con la máxima pena no se ha podido aplicar, según el tribunal, pues los hechos no han sido calificados como homicidio sino como asesinato por "la concurrencia de la alevosía de desvalimiento".
Entiende el tribunal que esta circunstancia no podía volverse a aplicar otra vez para que dicho asesinato fuera condenado con prisión permanente revisable en vez de con 25 años, pena finalmente impuesta por este delito. El letrado de la defensa, Andrés Jiménez Maldonado, que recurrirá la sentencia, ha valorado que el joven "no ha sido condenado a la pena de prisión permanente revisable" con la que "durante 25 años no habría podido tener ningún derecho a beneficios", mientras que, con la condena impuesta, en unos ochos años, podrá "ir pidiendo revisiones de grado".
El robo con violencia cometido en casa habitada, con agravante de reincidencia, se condena con cuatro años y cinco meses de cárcel. Deberá indemnizar, asimismo, con 12.000 euros a cada una de las dos familiares directas de la fallecida. Los nueve miembros del jurado dieron a conocer su veredicto de culpabilidad el pasado tres de octubre, habiendo comenzado el 30 de septiembre en la Audiencia de Granada el juicio, en el que el fiscal calificó los hechos como asesinato, y la defensa como homicidio agravado.
Los hechos se remontan al 20 de marzo de 2018, cuando el ahora condenado se presentó en casa de la mujer, que entonces tenía 88 años. Según su propia versión de los hechos, no le abrió el portal y, cuando consiguió subir, la encontró en la puerta, tras lo que la empujó y la llevó, "consciente", al salón, donde la sentó, para robar en el domicilio.
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