Las elecciones europeas aparecen como acontecimiento principal en el escenario político español de cara a las próximas semanas. Los candidatos, las propuestas, las encuestas y los posteriores resultados marcan la actualidad, pero en lo que respecta a los ciudadanos, una de las dudas más recurrentes circula en torno a la mesa electoral y no sólo sobre si eligen a una persona u a otra, en un proceso de azar, si no también al hilo de cuánto dinero se cobra por estar en una mesa electoral.
La formación de la mesa electoral ya cuenta, de por sí, con polémica y dudas a su alrededor, debido a la obligación de acudir a primera hora en el día de elecciones, en este caso las elecciones europeas 2024, y formar así la disposición de cara al trabajo de ese día. Hay ciudadanos que desconocen que el Estado paga un dinero por la jornada laboral en la mesa que, si bien no es una gran cantidad, puede servir de consuelo a cambio de pasar el día entre urnas y votos.
En el Boletín Oficial del Estado se comunicó la nueva cantidad de dinero que se paga a las personas elegidas como presidente de mesa o vocal en las elecciones a partir de ahora. Por tanto, en las autonómicas de la primera mitad de año como en las elecciones europeas 2024, el participante en una mesa electoral saldrá beneficiado económicamente en comparación con los de ediciones anteriores.
Cuánto dinero se paga por estar en mesa electoral este año
El BOE deja claro que la subida dineraria en comparación con anteriores elecciones es de cinco euros. Por tanto, la cantidad implantada desde 2024 es de 70 euros, en calidad de dieta por el servicio de formar parte de una mesa electoral en las elecciones europeas 2024. Anteriormente el pago, por la misma jornada, que va desde las 8:00 horas, en la formación de la mesa, hasta el final del recuento, pasadas las 22:00 horas, era de 65 euros.
Además, cabe resaltar que los representantes de las mesas electorales en España, tanto en las elecciones europeas 2024 como en otros procesos anteriores, se encuentran protegidos por la Seguridad Social, por si surgiera cualquier suceso en relación con el desempeño del ciudadano en la jornada de elecciones.
Requisitos y funciones de la mesa electoral
Entre los requisitos para formar parte de una mesa electoral, se encuentra el de la edad, ya que habrá que tener entre 18 y 70 años para poder participar, si bien a partir de los 65 años se otorga la opción de renuncia voluntaria, con un plazo de siete días. También es necesario saber leer y escribir, así como disponer del título de Bachillerato o una Formación Profesional de Segundo Grado. También se admiten ciudadanos con el graduado escolar.
En cuanto a las funciones, existe un manual de instrucciones, elaborado por la Consejería de Presidencia y elaborado por la Junta Electoral Central. En él se indica que los miembros de las mesas acuden a las 8:00 horas, de obligado cumplimiento, al colegio electoral correspondiente, donde se les asignará su mesa.
También deben acudir los suplentes, que podrán marcharse si la mesa electoral se ha formado con propiedad. El presidente de mesa es la máxima autoridad de una mesa electoral y quien rellena el acta de constitución, firmada también por vocales e interventores. Así se dará también en las elecciones europeas 2024.
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