Ser conductor de autobús reúne una serie de permisos y requisitos que van más allá del carnet tradicional. Unos autobuses que, aún de los años, siguen estando de moda, ofreciendo servicios más que necesarios en el día a día.

Siendo tanto un servicio tanto público como privado, estos nos permiten recorrer todo tipo trayectos. De hecho, en lugares de Estados Unidos o en países como China hay autobuses que en vez de asientos tienen camas, porque los trayectos llegan a durar días.

Será necesario contar con el permiso de conducir D

Lo cierto es que hay ciertos condicionantes que son necesarios para, por ejemplo, acceder a las ofertas que frecuentemente empresas como Alsa lanzan para buscar empleados y conductores, por lo que es necesario reunir una serie de requisitos para conducir un autobús.

Por un lado, tenemos aquellos requisitos técnicos que debe cumplir todo conductor de autobús. El Reglamento General de Conductores establece que es necesario contar con el permiso de conducir de la clase D.

Este es el que autoriza conducir vehículos de más de 8 pasajeros además del conductor. No hay límite máximo de personas que se puedan transportar, y se puede enganchar un remolque de hasta 750 kg de masa máxima autorizada.

Para obtener este permiso es necesario contar con los siguientes requisitos:

  • Una edad mínima de 24 años cumplidos para los titulares del certificado de aptitud profesional (CAP) que lo hayan obtenido realizando la modalidad de cualificación inicial ordinaria. 

Igualmente, se establecen los 21 años cumplidos si lo han obtenido realizando la modalidad de cualificación inicial acelerada y se trata de transporte de viajeros en servicios regulares, cuyo trayecto no supere los 50 km. 

Es necesario tener 23 años cumplidos si lo han obtenido realizando la modalidad de cualificación inicial acelerada. 

También, claro, está el carnet D+E, que es el que permite conducir autobuses más amplios y grandes y mayores distancias, además de permitirnos igualmente transportar un remolque de una MMA de 750 kg.

Los requisitos y pruebas para conducir un autobús varían del carnet B de coche

En cuanto a la materia, habrá que aprobar un examen teórico. Esta prueba consta de 20 preguntas tipo test del que se podrá cometer un máximo de 2 fallos.

Asimismo, es necesario superar el examen práctico dividido en dos tipos de pruebas diferentes. Por un lado, el ejercicio de maniobras que se realiza en un circuito cerrado y sirve para demostrar que se capaz de maniobrar con el autobús. Se requiere tener habilidad para aparcar, conocido como la maniobra L,y circular marcha atrás de manera correcta, conocido como la maniobra G.

Por otro, el ejercicio de circulación en carreteras y vías compartidas con el resto de los conductores, donde el tráfico será real. Aquí, además de poner en práctica las destrezas como conductor, uno de los grandes requisitos, deberemos saber demostrar que conocemos la normativa y respetar la señalización.

Habrá que saber dominar la conducción de un vehículo de grandes dimensiones

Como tal, sí es verdad que no es lo mismo que lo que podemos tener a la hora de sacarnos el carnet B de conducir B. Y es que la parte práctica puede ser un tanto más desafiante debido a la necesidad de dominar la conducción de un vehículo de grandes dimensiones y realizar maniobras con él, uno de los requisitos más importantes para conducir y sacarse el carnet de autobús.

Esta parte dependerá de las habilidades de cada estudiante. No obstante, con suficiente práctica, es posible superar esta etapa. Así, el vehículo en el que se hará la parte práctica dependerá del permiso que queramos obtener; para el D1 será un autobús de hasta 17 plazas incluido el conductor y para el D un autobús de más plazas.

El carnet de autobús hay que renovarlo cada cierto tiempo, como ocurre con el resto de permisos, aunque en este caso la periodicidad es distinta.

Según el Reglamento General de Conductores, el permiso D debe renovarse:

  • Cada cinco años, hasta los 65 años.
  • Cada tres años, a partir de los 65 años.

No hay que realizar ningún examen, más allá de superar un reconocimiento médico, a no ser que la causa sea la pérdida de todos los puntos del carnet.