La inminente reforma de la Ley de Enjuiciamiento Criminal prevé una trascendental variación de los plazos para la eventual expulsión de los 'okupas' en España. Este cambio tiene como finalidad reducir los extensos procedimientos judiciales, hasta hace poco interminables y reiterados en resolución por el paso de los meses, en bien de aproximar este proceso a una agilidad. La adecuación, que cuenta con el respaldo del propio Congreso de los Diputados, se haya a un paso de entrar en vigor, únicamente a expensas de la aprobación definitiva del Senado.

Contexto y antecedentes de la ley antiokupa

Evolución de la legislación sobre okupación

En España, el fenómeno de la 'okupación' ha estado envuelto en la polémica durante varios años. Así, el desalojo de una vivienda podía demorarse si el entramado de recursos y mala gestión del sistema judicial se interponía. Los despachos de abogados y la suerte de los recursos basados en procedimientos civiles o penales tradicionales permitían a los okupas quedarse en el inmueble durante meses.

Con el auge de la okupación y la presión de la opinión pública, fue el propio gobierno el que decidió dar un giro. Esta nueva reforma no se trata de un nuevo punto de vista sobre la Ley de Vivienda. Se trata de una modificación de la Ley de Enjuiciamiento Criminal que incorporará los delitos cuando sean cometidos con ocasión del procedimiento abreviado de los delitos de allanamiento y usurpación de morada. Esto significará una actuación judicial más rápida y con mayor contenido.

Reforma actual: motivaciones

La razón principal que origina esta reforma es el colapso de los juzgados, junto con la percepción de inseguridad creciente que tienen los propietarios y las propietarias o los arrendadores y las arrendadoras de las viviendas. Es reducir los tiempos de duración de estas demandas o de estos procedimientos, y, más bien, proteger mejor a los titulares sobre las viviendas. El Partido Popular, que está impulsando esta solicitud, lo que dice es que esto no solo contribuirá a desahogar a los juzgados, sino que también recuperará esa confianza en el sistema.

Detalles de la nueva ley para el desalojo de okupas

La nueva normativa señala que, una vez detectada la okupación y presentada la correspondiente denuncia, inmediatamente comienza el procedimiento:

  • Inicio del proceso: La policía judicial recoge las pruebas en un plazo máximo de 72 horas.
  • Comparecencia inicial: El juez cita a las partes en un periodo máximo de 72 horas.
  • Evaluación del caso: Tras esta comparecencia, el juez podrá solicitar diligencias urgentes.
  • Juicio oral: En el momento que se hayan llegado a esta parte, se fijarán las fechas para el juicio oral, que debe tener lugar en un plazo de 15 días.
  • Sentencia: Tras el juicio, el juez tiene un plazo de tres días para emitir el fallo definitivo.

Plazos específicos para el desalojo

En el caso de que el delito de okupación sea calificado como flagrante, dado que no se llevan a cabo estudios de vulnerabilidad social, el procedimiento completo, desde la denuncia hasta la sentencia, puede resolverse en menos de 30 días, si bien este plazo se alargará ligeramente en los supuestos en los que los okupas lleven más de 48 horas ocupando la vivienda.

¿Cómo afecta a propietarios y arrendadores?

Controversias y críticas

No obstante, esta ley no ha estado exenta de críticas. Organizaciones de derechos humanos y algunos colectivos sociales argumentan que el procedimiento podría llegar a vulnerar derechos básicos al no requerir evaluaciones de vulnerabilidad para los ocupantes de hecho. Asimismo, se teme que pueda llegar a criminalizar situaciones de extrema necesidad, como el caso de la okupación promovido por familias en situación de riesgo de exclusión social.

El papel de las instituciones

La aprobación de esta nueva legislación ha llevado también a poner el foco en el papel que deben tener las instituciones públicas. Hay sectores de la población que se preguntan si este cambio efectivamente aborda el problema de fondo o si, por el contrario, pone parches a una crisis de acceso a la vivienda. Aun así se espera que los ayuntamientos y las comunidades autónomas adopten medidas de protección de la asistencia social con el fin de evitar que los contenciosos por ocupaciones lleguen a ser nuevamente una realidad insostenible.

La reforma de la Ley de Enjuiciamiento Criminal es sin duda un paso decisivo a la hora de tener una gestión de la okupación de viviendas en España. Los nuevos plazos, a priori, están pensados para dar soluciones a los propietarios, pero será fundamental seguir bien su aplicación para garantizar que se respeten todos los derechos implicados.