La decisión del Gobierno de España, a través del Consejo de Ministros, de aprobar el decreto que acaba con los beneficios, en forma de excepción, de los productos de tabaco calentado, y su consiguiente equiparación al tabaco convencional, ha provocado una gran cantidad de preguntas sobre este tipo de tabaco, que muchos aún no asocian. Este se regirá por las mismas limitaciones que el de toda la vida, con tres meses para la adaptación a la norma por parte de los fabricantes.
Lo primero por lo que empezaremos es por definir lo que se conoce como tabaco calentado. Hablamos de un producto del tabaco, que viene en polvo o picado, sin líquido, y que se calienta a través de un aparato electrónico, sin combustión, pero que también tiene efectos nocivos para la salud.
¿Qué es el tabaco calentado?
Según indica la Organización Mundial de la Salud, aquellos productos considerados de tabaco por calentamiento, los PTC, son productos procesados que se calientan a una temperatura de menos de 400º y que no sufren combustión. Esto es lo que les diferencia del cigarro clásico, tal y como explica un informe del Ministerio de Sanidad.
El funcionamiento de los PTC, el tabaco calentado, trata de imitar cómo funciona un cigarro normal, aunque con este dispositivo electrónico. En él, se incluye una batería, un software que es el que hace funcionar el calentamiento y una fuente de calor.
Cuando se calienta el tabaco, se produce un aerosol que tiene nicotina, sustancia adictiva que procede de este, así como también aditivos y aromas que se añaden para dar sabor a la experiencia de inhalación.
Por lo tanto, hay que aclarar que no es lo mismo el tabaco calentado que un vapeador. Mientras que el tabaco calentado sí que usa tabaco real, el vapeador no, sino que lo caliente es un líquido con nicotina.
Las normas del tabaco calentado
En resumen, lo que sucede a partir de ahora con el tabaco calentado es que su regulación pasa a ser la misma que el tabaco normal y clásico, tanto en la fabricación como en la presentación y venta de estos productos.
De esta forma, quedará prohibida la venta de tabaco calentado con aromas, y se amplía el veto a los productos que tengan aromatizantes en los filtros, en el papel de fumar, en los envases o en las cápsulas, así como también en otras técnicas que puedan surgir para cambiar el olor o el sabor de este producto. Estos componentes alternativos, además, no podrán tener nicotina.
El Comisionado del Mercado de Tabacos desglosa los datos, en referencia a IQOS, y señala que existe un ascenso notable en las ventas al mes de tabaco calentado. Este es uno de los motivos por los que se ha limitado la venta y comercialización de este producto.
Los efectos en la salud del tabaco calentado
El tabaco calentado es un producto que se protege por parte de los fabricantes ya que reduce las emisiones al evitar la combustión para fumar, así como también los daños en la salud, en comparación con el tabaco normal. Sin embargo, estas afirmaciones no tienen aún evidencia científica, por lo que se quedan a medio camino.
El Ministerio de Sanidad sí avisa de que el tabaco calentado genera también adicción y es negativo para la salud. También se destaca que al fumar este tabaco, se emiten elementos que resultan peligrosas para las personas que están alrededor del fumador. Su uso está, por ello, desaconsejado, tanto para el consumo normal como para hacer de puente para intentar dejar de fumar.
Dónde se puede fumar
Para la Unión Europea, el tabaco calentado o PTC se define como un 'producto de tabaco novedoso'. El consumo, ya que también está referido como producto del tabaco y tiene aplicada la ley de 2005, está prohibido en los mismos lugares que el tabaco normal. Su venta no se puede dar a menores de edad y el patrocinio está vetado, salvo en puntos de venta.
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