Cambiar la titularidad de la luz bajo el mismo contrato es algo más que posible. Y no tiene tampoco demasiadas complicaciones. Más sobre algo tan espinoso como es la factura de la luz: desde el año 2022 se han producido muchas fluctuaciones en su precio.
El año 2023 estuvo marcada por subidas y bajadas en el coste del kWh, mientras que el primer semestre comenzaba con un descenso. Es por ello que los consumidores le dan gran importancia actualmente a entender las facturas de la luz y todos los procesos relacionados con ello, como puede ser un cambio de nombre.
En qué consiste cambiar la titularidad de la compañía de luz
Modificar el nombre de titularidad de la luz en tu hogar puede parecer un proceso complicado, pero con la información adecuada y siguiendo los pasos correctos, puedes hacerlo de manera sencilla y rápida.
Como tal, y en lo que tiene que ver con este proceso, hablamos de ceder la responsabilidad del punto de suministro eléctrico a otra persona. De esta forma, le asignaremos la obligación de abonar las facturas y de realizar ciertas gestiones como, por ejemplo, modificar la potencia contratada, entre otras muchas cosas.
- Realizar un traspaso, es decir, se cambian tanto el titular como la tarifa.
- Realizar una subrogación, se cambia el titular pero la tarifa se mantiene.
El cambio del titular de la luz puede gestionarse tanto por vía telefónica como de forma online, ya sea a través de la oficina virtual o de la página web de la compañía eléctrica.
El trámite debe llevarse a cabo directamente con la comercializadora con la que está contratada la tarifa en el momento de hacer el cambio.
Según el tipo de cambio, la solicitud y documentos varían
En ambos casos, será el nuevo titular quien deberá firmar un contrato para realizar el cambio, ya sea de traspaso o de subrogación. Para hacer un cambio de titularidad de la luz por compraventa o alquiler de un inmueble, estos son los documentos que solicitará la compañía:
- Datos del nuevo titular del suministro.
- Datos del anterior titular (nombre completo y DNI).
- CUPS o dirección exacta del punto de suministro.
- Copia de la escritura del inmueble, en caso de compraventa o, en caso de alquiler, algunas comercializadoras pueden solicitar el contrato de alquiler.
- IBAN de la cuenta bancaria.
Requisitos para cambiar la titularidad de la luz por divorcio o separación
El cambio de titular por divorcio se puede dar por diferentes situaciones.
- Si uno de los cónyuges va a seguir haciendo uso de la vivienda, será su nombre el que deberá figurar en el contrato.
- Si ninguno de los cónyuges va a habitar la vivienda y, en su lugar, el inmueble va a ser vendido o alquilado. En este caso, se deberá hacer un cambio de titular de luz a nombre del nuevo propietario o inquilino.
- Si la vivienda va a pasar un tiempo sin ser habitada, es recomendable dar de baja la luz y el resto de suministros.
Dependiendo de la situación de divorcio o separación, para hacer el cambio de titularidad se pedirá esta documentación:
- Datos del antiguo y del nuevo titular (nombre completo y DNI).
- Sentencia de divorcio o documento que certifique el usufructo de la vivienda por el nuevo titular (esto se suele requerir en caso de deuda).
- CUPS o dirección exacta del punto de suministro.
- IBAN de la cuenta bancaria.
Estos datos siempre serán los mismos independientemente de la comercializadora de luz que elijas.
Cambio de nombre ante un titular fallecido
Si se produjo el fallecimiento del anterior titular y ninguno de sus familiares se hizo cargo de la responsabilidad del mismo, será el nuevo propietario quien tenga que hacer la gestión. Para hacer el cambio se tendrán que aportar los siguientes datos:
- Datos del nuevo y del anterior titular de la luz: nombre completo y DNI.
- CUPS de la luz (Código Universal del Punto de Suministro) y dirección postal de la vivienda.
- IBAN dónde se domiciliará el pago.
- Copia del contrato de alquiler o compraventa de la vivienda.
- Certificado de Defunción del anterior titular,
El trámite será, de igual manera, completamente gratuito y efectivo en un plazo máximo de 20 días. En algunos casos, se producirá el cambio de nombre tras la apertura de un nuevo periodo de facturación, por lo que es normal que llegue una última factura a nombre del titular fallecido.
Ya has visto que el procedimiento es bastante sencillo, simplemente hay que asegurarse de cumplir con los requisitos que demanda el proceso.
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