El Juzgado de Primera Instancia nº 39 de Barcelona ha emitido este lunes un auto denegando la medida cautelar solicitada por la Fiscalía Provincial de Barcelona para la suspensión provisional de la publicación del libro El odio, de Luisgé Martín, basado en la correspondencia y las conversaciones de su autor con José Bretón, condenado en 2013 por la muerte de sus dos hijos.
La Fiscalía actuó a petición de la madre de los dos menores asesinados, Ruth Ortiz, al considerar que el libro podría vulnerar sus derechos al honor, la intimidad y la propia imagen. Sin embargo, el juzgado ha considerado que la documentación aportada es insuficiente para valorar la existencia de una "apariencia de buen derecho" que justificara tal suspensión, además de expresar dudas sobre la competencia territorial.
Hasta que la solicitud de Ortiz desató la semana pasada el escándalo alrededor de El odio, Anagrama tenía previsto la publicación del libro este miércoles, 26 de marzo. La editorial, que defendió la obra esgrimiendo la libertad de expresión, suspendió el lanzamiento a la espera de una decisión judicial, pero todavía no ha valorado el auto ni ha desvelado si finalmente dará luz verde a su distribución y venta.
Dudas jurisdiccionales
El 21 de marzo, La Fiscalía de Menores de Barcelona tuvo conocimiento del escrito presentado en Córdoba el 17 de marzo por el Servicio de Asistencia a la Víctima de Andalucía tras la publicación de un adelanto del libro en El Confidencial. La madre solicitaba la suspensión de la publicación de El odio por contener "datos, cartas y referencias que afectan a la intimidad de los menores".
Ahora, el juez Diego Martínez Pérez desestima la suspensión cautelar de la publicación. En su auto, el juez señala que "existen muchas dudas sobre la competencia territorial de este órgano jurisdiccional", que en este caso "correspondería al tribunal del domicilio de la demandante" en Córdoba. No obstante, dada la urgencia de la solicitud, decide emitir una decisión sobre la misma. Y decide denegarla. Estos son sus argumentos.
Documentación insuficiente
"En primer lugar, los documentos aportados", en este caso la prepublicación de El Confidencial, un artículo de un portal web sobre la "confesión" de Bretón en el libro y un dossier de prensa de Anagrama, además de la propia sentencia condenatoria de Bretón, "son insuficientes para poder valorar la presencia de la apariencia de buen derecho".
"Si presumimos que la tutela civil que se pretende obtener en el juicio principal subsiguiente a la medida cautelar solicitada estaría dirigida a evitar una intromisión ilegítima en el honor, la intimidad y la propia imagen causada por el libro", explica el juez en su auto, "los documentos aportados no son adecuados para ello".
"Es absolutamente imposible poder hacer un juicio provisional e indiciario favorable a la estimación" de la solicitud. "No es posible determinar con claridad el género al que pertenece el libro en cuestión, siendo ésta una cuestión de especial trascendencia a la hora de ponderar los límites de la libertad de expresión (vertientes de libertad de información o creación artística) en relación con los derechos honoríficos de la persona".
Un derecho fundamental
En segundo lugar, el juez Martínez estima que la documentación aportada impide valorar adecuadamente la proporcionalidad de una medida de suspensión de la publicación. "No puede olvidarse que estaríamos restringiendo el derecho fundamental a la libertad de expresión", subraya.
Y en tercer lugar, constata que la finalidad de la solicitud de la Fiscalía no es en este caso decidir si existe una intromisión en el derecho al honor, la intimidad y la propia imagen de los menores y su madre, sino "dar traslado al Ministerio Fiscal de copia o borrador del libro para que pueda examinar el contenido y emitir el correspondiente dictamen".
"No se puede ser ajeno a las circunstancias que rodean este incidente ni a la especial protección que merecen las víctimas, pero la legislación procesal civil no contiene mecanismos que permitan acceder a la petición formulada por el Ministerio Público de conformidad con los razonamientos expuestos", concluye.
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