Poco se parece el mostrador de una panadería actual al de las de hace 35 años. Sin embargo, tal es el tiempo que llevaba sin actualizarse la normativa de calidad del pan, que el Gobierno ha aprobado hoy en su último Consejo de Ministros antes de las elecciones del 28-A.
La nueva normativa es positiva para los nutricionistas, que llevaban años reivindicando una norma que cubriese los huecos por los que muchas empresas colaban como integrales panes que realmente tenían apenas un pequeño porcentaje de harina integral en su composición.
Esa es una de las principales novedades de la norma: se exigirá que el 100% de la harina empleada sea integral para que el pan pueda denominarse así. En caso de que no contengan exclusivamente ese tipo de harinas, se tendrá que indicar el porcentaje de harina en el etiquetado.
Esta normativa puede suponer, según un estudio reciente, que dos de cada tres panes que actualmente se venden como tales tengan que cambiar su denominación.
Sobre los panes hechos con otros cereales, también deberán especificar el porcentaje de dicha harina, si no es el 100%. Además, se define el pan multicereal como aquel con más de tres harinas distintas, de las que al menos dos tendrán que ser de cereales. Además, las tres principales deberán suponer al menos el 10% cada una.
El pan también concreta el uso de otros de los reclamos que actualmente se usa en la venta del pan, la "masa madre". Ahora, esa denominación deberá responder a un tipo de elaboración con uso limitado de levaduras industriales. Por último, no cualquiera podrá decir pan "elaborado artesanalmente", pues se deberá acreditar que prima el factor humano sobre el mecánico, además de otros requisitos que especifica la norma. También se clarifican cosas que aunque parezcan obvias no lo son tanto, como que el "pan de leña" o "pan de horno de leña" sea el que se ha cocido íntegramente en un horno que use como combustible la leña.
Bajada del tipo de IVA para determinados panes
El Gobierno busca además fomentar el consumo de otros tipos de pan saludables, para lo que amplía la definición de pan común, el único al que actualmente se aplica el IVA súper reducido del 4%. Así, podrán acogerse a esta tipología panes elaborados con harina integral o de cereales distintos al trigo, así como otros productos más saludables como los que incluyen salvado o los bajos en sal o con sustitutivos de sal.
Además, el Gobierno ha incluido una medida para limitar la cantidad de sal con la que se puede elaborar el pan común. Un límite que será obligatorio a partir del 1 de abril de 2022 para poder beneficiarse de la definición del pan común.
"Esta norma llega para tratar de mejorar la información que tiene el consumidor porque el pan es un alimento fundamental en la cesta de la compra de los españoles", ha explicado la portavoz del Gobierno, Isabel Celaá en la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros, donde ha señalado que esta normativa conlleva un "importante efecto" en la fiscalidad de estos productos.
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