La Federación de Asociaciones de Farmacias de Cataluña (FEFAC) ha presentado una denuncia ante el departamento de Salud de la Generalitat contra la empresa GLOVOAPP23 SL, Glovo, porque a través de su aplicación compra, recoge y entrega medicamentos a domicilio.
La federación que agrupa a los farmacéuticos catalanes considera que Glovo hace venta ilegal de medicamentos y recuerda que la Agencia Española del Medicamento y Productos Sanitarios (AEMPS) dictó el 1 de junio de 2018 una resolución en la que ordenó a Glovo cesar de la actividad de venta y entrega de medicamentos a través de la plataforma Glover.
En su denuncia, la Federación hace constar que la AEMPS también ordenó retirar el servicio de farmacia de su aplicación para dispositivos móviles. Aunque Glovo recurrió el 25 de junio la resolución de la AEMPS, un mes más tarde fue desestimado su recurso, pese a lo cual, según la FEFAC, "Glovo ha continuado vendiendo medicamentos".
Aunque la empresa ha sido requerida por la AEMPS para retirar y cesar en la prestación del servicio de compra y entrega de medicamentos, la FECAC adjunta a la denuncia un comprobante de pedido que demuestra que Glovo no ha retirado de la aplicación el servicio que permite adquirir medicamentos.
La FEFAC también manifiesta que el escrito presentado ante el Departamento de Salud, "tiene como objetivo insistir en la necesidad de poner fin a la venta ilegal de medicamentos realizada por Glover" tras la denuncia que ya presentó en el mismo sentido el año pasado.
También en febrero de 2018, la Confederación Empresarial de Oficinas de Farmacia de Andalucía inició acciones legales contra Glovo, mientras que en Madrid Adefarma presentó, a principios de julio, un escrito cuestionando la legalidad de la actividad de Glovo con respecto a la venta de medicamentos.
Según la denuncia de la FEFAC, "la práctica que desarrolla Glovo infringe la normativa sobre dispensación a distancia de medicamentos prevista con carácter general en el Real Decreto Legislativo 1/2015 y el Real Decreto 870/2013 que prohíbe la venta a distancia al público, a través de lugares web, de medicamentos de uso humano no sujetos a prescripción médica.
La normativa actual establece que "ningún pedido o encargo de medicamentos por procedimientos telemáticos puede realizarse a oficinas de farmacia si no es directamente a través del sitio web habilitado al efecto por la propias oficinas de farmacia".
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