El Gobierno permitirá en los territorios que estén en la Fase 2 celebrar bodas con un aforo máximo de cien personas en espacios al aire libre o de cincuenta personas en espacios cerrados y se podrán llevar a cabo en todo tipo de instalaciones, públicas o privadas, siempre que no se supere el 50% del aforo.
Así, según la orden publicada esta tarde en el Boletín Oficial del Estado (BOE) por el Ministerio de Sanidad, se obliga durante la ceremonia nupcial a cumplir las medidas de higiene y prevención establecidas por las autoridades sanitarias.
Respecto a las celebraciones que pudieran tener lugar tras la ceremonia nupcial y que impliquen algún tipo de servicio de hostelería y restauración, se deberá seguir las normas de seguridad relativas a estos establecimientos, informa Europa Press.
Por otra parte, la orden en el BOE recuerda que lo previsto en este artículo sobre ceremonias nupciales será de aplicación a otras celebraciones religiosas de carácter social.
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