Hablar de la incapacidad permanente es hacerlo de una situación de un trabajador, que cuenta con una discapacidad o reducción anatómica grave, que impide el desarrollo de su actividad laboral.
El Gobierno, a través de la Seguridad Social, ofrece una pensión de Incapacidad Permanente para los ciudadanos que cuenten con estos problemas. Eso sí, cuánto se cobra, de qué manera y en cuánto tiempo depende de varias variables que repasamos a continuación.
La definición de Incapacidad Permanente la podemos ver en el portal web del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones del Gobierno de España, desde donde se admiten y gestionan las prestaciones a los ciudadanos que sufren limitaciones para realizar sus trabajos.
"Es la situación del trabajador que, después de haber estado sometido al tratamiento prescrito y de haber sido dado de alta médicamente, presenta reducciones anatómicas o funcionales graves, susceptibles de determinación objetiva y previsiblemente definitivas, que disminuyan o anulen su capacidad laboral", comentan.
Estas palabras hacen referencia a la pensión contributiva de Incapacidad Permanente, pero también existe una pensión no contributiva de invalidez o incapacidad, que se otorga a aquellas personas que carecen de recursos para la subsistencia aunque no hayan cotizado a la Seguridad Social o no lo hayan hecho el tiempo suficiente para entrar en el régimen de pensión contributiva.
Tipos de pensión de Incapacidad Permanente
Una vez diferenciada la pensión contributiva de la pensión no contributiva, vamos a desglosar los diferentes tipos de pensión de Incapacidad Permanente que gestiona la Seguridad Social. Se dan de acuerdo a los grados de incapacidad del trabajador.
- Incapacidad permanente parcial para la profesión habitual: sin alcanzar el grado total, hace que el trabajador cuente con una discapacidad no inferior al 33% de su rendimiento normal en actividad de trabajo para la profesión que desempeña
- Incapacidad permanente total para la profesión habitual: el trabajador queda inhabilitado para todas las tareas fundamentales de la profesión que desempeña, aunque podría dedicarse a otra distinta.
- Incapacidad permanente absoluta para todo trabajo: la incapacidad inhabilita por completo al trabajador tanto para su profesión habitual como para otro oficio.
- Gran Invalidez: además de la incapacidad, el trabajador, como consecuencia de las pérdidas funcionales o anatómicas, necesita asistencia para los actos más esenciales de su vida.
¿Cuánto se cobra con la pensión?
Si hablamos de la pensión por incapacidad permanente total o absoluta, para personas con 65 años o más y cónyuge a cargo, la cantidad mínima en 2024, después de la revalorización de las pensiones en España, es de 1.004,85 euros al mes, 14.067,87 euros al año. En caso de referencia a personas con 65 o más años y sin cónyuge a cargo, la cantidad es de 814,42 euros al mes, 11.401 euros anuales.
Si la edad de la pensión de incapacidad permanente del beneficiario es de entre 60 y 64 años, la cuantía es de 942,14 euros al mes y 13.189 euros anuales. Estos datos corresponden a las personas con cónyuge a cargo, sin él, la cantidad baja a 783,1 euros al mes y 10.963,4 al año.
En los casos de Gran Invalidez, la incapacidad permanente se paga en 2024 en 1.507,20 euros al mes, 21.101,81 euros al año, con cónyuge a cargo, mientras que para una unidad económica unipersonal la pensión, siempre en rangos mínimos, es de 1.221,69 euros al mes.
Si hablamos de pensiones de incapacidad permanente en el máximo, en 2024 las cifras llegan, en un reparto de 14 pagas, a 3.181,60 euros al mes, al cambio, 44.542,46 euros al año. El aumento con respecto al año pasado es de 112,39 euros cada mes.
Preguntas del tribunal médico
El tribunal médico hace preguntas para saber el estado real del paciente y en base a ello decidir si se le concede la incapacidad permanente o no. Es un momento importante para el trabajador enfermo y hay que estar preparado. Aquí mostramos algunas de las preguntas a las que se puede enfrentar el trabajador.
- Cómo te encuentras
- Dónde te duele
- Cuántos días a la semana te encuentras mal
- Has venido solo o acompañado
- Has encontrado mejoría mientras has estado de baja
- Cómo te afecta en tu trabajo
- Qué puesto de trabajo desempeñabas
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